miércoles, 25 de octubre de 2017

7ª Frontera: Fisioterapeuta vs. Farmacología

FRONTERA COMPETENCIAL:
- Administración medicamentosa o recomendaciones farmacológicas
- Dolor

INTRUSISMO:
-  0% La farmacología persigue, por lo general, intereses bien distintos a los de la fisioterapia, aunque los fines sean los mismos. De hecho, son ciencias muchas veces enemigas.

EXTRUSISMO:
- 100% cuando el fisio se pone a jugar a los médicos
- 0% cuando el fisio aplica medicamentos para los que si está capacitado

Es esta profesión (fisioterapia), muchas veces, un sumidero de médicos frustrados que, posteriormente no quieren reconocerlo. Dada la escasa importancia social del fisioterapeuta respecto al médico, para la persona que llegó a ser fisioterapeuta por falta de nota para entrar en medicina, resulta aún más desesperante la falta de prestigio profesional que encuentran en comparación con los primeros, abrazados a la ciencia y quienes, en este país, han gozado de una autoridad suprema, junto con el abogado y el arquitecto. Dicho de otro modo, hay mucho fisioterapeuta que no quiere serlo y quiere jugar a ser algo más, algo distinto, que no puede ser médico, pero que puede coquetear con los conocimientos de la salud general y la farmacología, algo que, por otra parte no le está negado y que además, le brinda unos conocimientos muy jugosos que le harán todavía mejor profesional, sin ni siquiera planteárselo. En esta extraña ambivalencia a la que juega este tipo de fisio, cae con frecuencia en la necesidad de sentirse siempre más y para ello, llega incluso a cometer faltas de extrusismo o allanamientos de moradas más propias de facultativos que de especialistas en el aparato locomotor.

La farmacología es ciencia tan antigua, que existe desde que el hombre es sapiens, y es palabra que deriva del griego pharmacos y que consiste en el estudio de la composición, las propiedades y la acción terapéutica de los medicamentos, que no son otra cosa que sustancias, sintetizadas o no, que se administran al ser humano (o animal) para conseguir el esperado efecto, normalmente terapéutico. Con la misma, o superior antigüedad sin saberlo, la fisioterapia como ciencia busca el mismo avance terapéutico para sus pacientes pero con otro medio, los agentes físicos y el movimiento. Este antagonismo hace que hayan discurrido paralelamente, con mayor o menor respeto entre ambas a lo largo de los siglos, pero con una balanza claramente inclinada hacia la medicina, pues sus éxitos científicos se han ido constatando y demostrando con método científico, algo que la fisioterapia ha ido haciendo a remolque, con menos ciencia y abrazada al empirismo y en muchas ocasiones, a sapiencias más chamanísticas y tribales, que propias del sentido común. No obstante, la farmacología tiene también su bestia negra, llamada homeopatía, un timo extendido en el siglo XXI peor que la peste durante la edad media.


LEGALMENTE

La ley 29/2006 de 26 de Julio, de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios, deja muy clara la cuestión, en relación con la posibilidad de empleo del fisioterapeuta de medicación.

Artículo 77. La receta médica y la prescripción hospitalaria.
1. La receta médica, pública o privada, y la orden de dispensación hospitalaria son los documentos que aseguran la instauración de un tratamiento con medicamentos por instrucción de un médico, un odontólogo o un podólogo, en el ámbito de sus competencias respectivas, únicos profesionales con facultad para recetar medicamentos sujetos a prescripción médica.
Sin perjuicio de lo anterior, los enfermeros de forma autónoma, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios, mediante la correspondiente orden de dispensación. Los fisioterapeutas también podrán indicar, usar y autorizar, de forma autónoma la dispensación de medicamentos no sujetos a prescripción médica y de productos sanitarios relacionados con el ejercicio de su profesión, mediante orden de dispensación.


De esta guisa, vemos que el fisioterapeuta necesita, tanto como el enfermero hasta ahora (decimos hasta ahora porque acaba de llegarse a un acuerdo histórico para que puedan prescribir), una orden de dispensa para poder indicar medicación a sus pacientes. Dicha medicación no debe estar sujeta a prescripción médica, por lo que el número de dichos medicamentos, ya empieza a estar limitado. Pero
¿Qué narices es una orden de dispensación?

El Real decreto 954/2015 por el que se regula la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, es a día de hoy el único documento legal que hemos encontrado al respecto sobre este asunto. Si bien este RD se refiere única y exclusivamente a los enfermeros, quizá pueda servir de hoja de ruta para el futuro RD que afecte directamente a los fisioterapeutas. Reconocemos aquí nuestra propia ignorancia, pues hemos buscado y buscado, pero no hemos encontrado ninguna legislación más sobre la posibilidad real de los fisioterapeutas para con la indicación farmacológica, no obstante, si alguno de nuestros célebres lectores conoce más sobre el asunto sería interesante que lo aportara. Para contestar a la pregunta inicial sobre la orden de dispensación, nada mejor que una hoja de dispensación oficial, tal y como viene hecha en el real decreto de los enfermeros.



Esto nos sugiere que, como siempre, sólo se está pensando en el ámbito público de la profesión. Llegado el momento para la fisioterapia, ¿cómo se hará? Dado que la gran mayoría de la profesión es de carácter privado ( y por desgracia cada vez más), ¿imagináis en un futuro a vuestro fisio de clínica privada recetandoos algo mediante una orden de este tipo? El documento lo deja bien claro cuando una de sus columnas se titula: SISTEMA NACIONAL DE SALUD. ¿Qué hará el fisio de clínicas privadas que quiera recetar diclofenaco a su paciente? A parte de decirle que lo compre en la farmacia, como ya hace hoy en día.


Y la otra pregunta del millón sería, ¿qué es lo que puede administrar un fisioterapeuta a su paciente para que no sea considerado un extruso? ¿Qué es lo que le podría indicar a través de esa órden de dispensa? Es de reconocer que los conocimientos sobre farmacología, mecanismos de acción de la medicación, administración y control, son para el fisioterapeuta absolutamente insuficientes y que, quizá, por profesión, pueda coquetear con algunos analgésicos de bajo rango, o medicación de otro tipo, siempre poco potentes, con objeto de causar algún efecto deseado como complemento al básico de sus tratamientos. La vía principal  (y casi única) de aplicación en fisioterapia es la tópica, es decir, a través de la piel, y existe una técnica que casi podríamos calificarla como fisioterapia viejuna, que es la que mayor efectividad parece tener: LA IONTOFORESIS. Gracias al efecto de repulsión por la polaridad del propio medicamento, se produce una especie de sortilegio mágico mediante el cual, tras aplicar el medicamento bajo el electrodo adecuado, este "desaparece" penetrando bajo la piel del paciente y llegando al capilar. Increible, pero mucho más cierto que la inducción miofascial, que casi ningún fisio cuestiona y luego todos utilizan. Por alguna razón o porque pasó de moda, la iontoforesis a penas se usa y de hecho, la mayoría de los fisios desconocen si quiera que los medicamentos tienen una polaridad y que se pueden aplicar mediante este mecanismo. Desde aquí habremos de reivindicar el uso de tan viejuna técnica.

Del mismo modo existe la ultrasonoforesis, quizá algo más usada por la necesidad de aplicar algún ungüento con el ultrasonido. También la desodoroterapia analgésica. Y también el simple pero eficaz untamiento, mediante el esparcimiento manual a través de las propias palmas de las manos, de alguna crema medicamentosa que pueda tener algún tipo de efecto, demostrado o no, más allá del placebo o de la propia imposición. Son todas ellas vías legales de aplicación que no debieran ser consideradas invasión de competencias bajo ningún concepto.



Y poco más podemos añadir a esta no-guerra. El farmacéutico tiene bastante con lidiar con su amplísimo nicho de negocio, no suelen jugar a introducirse en nuestros campos, aunque siempre puedan existir farmacias cuyas reboticas sean talleres de masaje clandestino, quién sabe. Únicamente llamar la atención sobre un tema. Recientemente, y dentro del amplio espectro de extrusismo, pseudociencia, gilipollez y sobre-formación innecesaria, que no sabemos bien como resumir, se ha puesto en boga el tema de la mesoterapia. La mesoterapia no es otra cosa que la aplicación de pequeñas dosis de sustancias, casi siempre homeopáticas, mediante el empleo de jeringuillas de pequeño calibre y vía subcutánea. En una palabra: TIMO. Y de los gordos. Timo para el paciente, porque no sirve para nada. Timo para el fisioterapeuta, que no tiene porque aplicar jeringuillazos de nada para nada, pues no es su profesión. Timo para el sentido común, pues no tiene ningún sostén lógico ni científico. A pesar de ello, algunas instituciones como INSTEMA han organizado cursos pseudocientíficos de esta basura para fisioterapeutas, realizando prácticas utilizando manitas de cerdo (como leéis), en un repugnante ejercicio antiprofesional, antisanitario y anticientífico. Un médico se ha lucrado con ello, gracias a la extrema ignorancia de quienes se apuntaron a este curso, para pinchar manitas de cerdos muertos, como si esto sirviera para algo. ¿Hacia dónde nos llevará tanta tontería? Os dejamos la muestra.



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